Article 24 / Exenciones de los requisitos de autorización
Los Estados miembros podrán eximir de los requisitos establecidos en el artículo 23, apartado 1, a las entidades o empresas que realicen las siguientes operaciones:
a)
la eliminación de sus propios residuos no peligrosos en el lugar de producción, o
b)
la valorización de residuos.