NextSDS¿Necesita gestionar sus sustancias químicas?Descubrir NextSDS →
CELEX 02012R0528 · v20260819

Article 1 / Finalidad y objeto

1.  
La finalidad del presente Reglamento es mejorar el funcionamiento del mercado interior mediante la armonización de las normas sobre la comercialización y el uso de los biocidas, garantizando al mismo tiempo un nivel de protección elevado de la salud humana y animal y del medio ambiente. Las disposiciones del presente Reglamento se basan en el principio de cautela, cuyo objetivo es proteger la salud humana y animal y el medio ambiente. Se deberá prestar particular atención a la protección de los grupos vulnerables.
2.  

El presente Reglamento establece normas sobre:

a) 

la elaboración a nivel de la Unión de una lista de sustancias activas que pueden utilizarse en los biocidas;

b) 

la autorización de biocidas;

c) 

el reconocimiento mutuo de autorizaciones en el interior de la Unión;

d) 

la comercialización y uso de biocidas en uno o varios Estados miembros o en la Unión;

e) 

la introducción en el mercado de artículos tratados.

Source: Content sourced from EUR-Lex and licensed under CC BY 4.0. This is an unofficial presentation; only the official EUR-Lex version is legally authentic.