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CELEX 02012R0528 · v20260819

Article 61 / Carta de acceso

1.  

La carta de acceso contendrá, como mínimo, la siguiente información:

a) 

el nombre y datos de contacto del propietario de los datos y del beneficiario;

b) 

el nombre de la sustancia activa o del biocida para el que se autoriza el acceso a los datos;

c) 

la fecha en la que surte efecto la carta de acceso;

d) 

un anexo con los datos presentados que pueden ser citados en virtud de la carta de acceso.

2.  
La revocación de una carta de acceso no afectará a la validez de la autorización concedida sobre la base de esta carta de acceso.

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