Article 82 / Sistema de votación en el Consejo de Administración
Artículo 82
Sistema de votación en el Consejo de Administración
El Consejo de Administración adoptará las normas del sistema de votación, incluyendo las condiciones en que un miembro pueda votar en nombre de otro. El Consejo de Administración se pronunciará por mayoría de dos tercios de todos los miembros con derecho a voto.