Article 123 / Difusión entre la población de la información relativa a los riesgos que representan las sustancias
Artículo 123
Difusión entre la población de la información relativa a los riesgos que representan las sustancias
Cuando se considere necesario para proteger la salud humana o el medio ambiente, las autoridades competentes de los Estados miembros informarán a la población sobre los riesgos derivados de las sustancias. La Agencia, previa consulta con las autoridades competentes y las partes interesadas y basándose de forma adecuada en las mejores prácticas pertinentes, proporcionará directrices para la comunicación de información sobre los riesgos y el uso seguro de las sustancias químicas, como tales, en forma de ►M3 mezclas ◄ o en artículos, con miras a llevar a cabo la coordinación de estas actividades en los Estados miembros.