3.2. Corrosión o irritación cutáneas
3.2. Corrosión o irritación cutáneas
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3.2.1.1. |
Por corrosión cutánea se entiende la formación de una lesión irreversible en la piel, tal como necrosis visible a través de la epidermis y hasta la dermis, tras la exposición a una sustancia o mezcla. Por irritación cutánea se entiende la formación de una lesión reversible de la piel tras la exposición a una sustancia o mezcla. |
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3.2.1.2. |
En un procedimiento por etapas deberá hacerse hincapié en los datos que se tengan sobre seres humanos, seguidos de los datos que se tengan sobre animales, después los datos in vitro y, por último, otras fuentes de información. La clasificación se hace directamente cuando los datos satisfacen los criterios. En algunos casos, la clasificación de una sustancia o una mezcla se hace sobre la base del peso de las pruebas dentro de una etapa. En un enfoque en el que se utilice el peso total de las pruebas, se analiza conjuntamente toda la información disponible sobre la determinación de la corrosión e irritación cutáneas, incluidos los resultados de los ensayos in vitro debidamente validados, los datos relevantes obtenidos en ensayos con animales y los datos relacionados con seres humanos, como estudios epidemiológicos y clínicos y observaciones e informes bien documentados sobre casos concretos (véase el anexo I, parte 1, secciones 1.1.1.3, 1.1.1.4 y 1.1.1.5). |
3.2.2. Criterios para la clasificación de las sustancias
Las sustancias se clasificarán en una de las dos categorías siguientes dentro de esta clase de peligro:
Categoría 1 (corrosión cutánea)
Esta categoría se subdivide en tres subcategorías (1A, 1B y 1C). Las sustancias corrosivas se clasificarán en la categoría 1 cuando no se disponga de suficientes datos para un desglose en subcategorías. Cuando haya datos suficientes, las sustancias se clasificarán en una de las tres subcategorías 1A, 1B o 1C (véase la tabla 3.2.1).
Categoría 2 (irritación cutánea) (véase la tabla 3.2.2).
3.2.2.1. Clasificación basada en datos de ensayos normalizados con animales
3.2.2.1.1.
3.2.2.1.1.1. Se considera que una sustancia es corrosiva cutánea cuando provoca la destrucción de los tejidos cutáneos, esto es, una necrosis visible a través de la epidermis hasta la dermis, en al menos uno de los animales sometidos a una exposición de hasta 4 horas.
3.2.2.1.1.2. Las sustancias corrosivas se clasificarán en la categoría 1 cuando no se disponga de suficientes datos para un desglose en subcategorías.
3.2.2.1.1.3. Cuando haya datos suficientes, las sustancias se clasificarán en una de las tres subcategorías 1A, 1B o 1C conforme a los criterios de la tabla 3.2.1.
3.2.2.1.1.4. Se proporcionan tres subcategorías en la categoría de sustancias corrosivas: subcategoría 1A, cuando las respuestas corrosivas corresponden a una exposición de hasta 3 minutos y un período de observación de hasta 1 hora; subcategoría 1B, cuando las respuestas corrosivas corresponden a una exposición de entre 3 minutos y 1 hora y un período de observación de hasta 14 días; y subcategoría 1C, cuando las respuestas corrosivas corresponden a exposiciones de entre 1 y 4 horas y un período de observación de hasta 14 días.
Tabla 3.2.1
Categoría y subcategorías de corrosión cutánea
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Categoría |
Criterios |
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Categoría 1 (1) |
Destrucción de los tejidos cutáneos, esto es, necrosis visible a través de la epidermis hasta la dermis, en al menos uno de los animales sometidos a una exposición ≤ 4 h |
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Subcategoría 1A |
Respuestas corrosivas en al menos un animal tras una exposición ≤ 3 min durante un período de observación ≤ 1 h |
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Subcategoría 1B |
Respuestas corrosivas en al menos un animal tras una exposición > 3 min y ≤ 1 h durante un período de observación ≤ 14 días |
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Subcategoría 1C |
Respuestas corrosivas en al menos un animal tras una exposición > 1 h y ≤ 4 h durante un período de observación ≤ 14 días |
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(1)
Véanse las condiciones para el uso de la categoría 1 en la letra a) de la sección 3.2.2. |
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3.2.2.1.1.5. El uso de datos procedentes de seres humanos se analiza en las secciones 3.2.1.2 y 3.2.2.2, así como en las secciones 1.1.1.3, 1.1.1.4 y 1.1.1.5.
3.2.2.1.2.
3.2.2.1.2.1. Una sustancia es irritante cutánea cuando produce lesiones cutáneas reversibles como consecuencia de su aplicación durante un período de hasta 4 horas. El criterio principal para establecer la categoría de irritación es que al menos 2 de los 3 animales sometidos a ensayo presenten un valor medio ≥ 2,3 y ≤ 4,0.
3.2.2.1.2.2. En la tabla 3.2.2 se presenta una sola categoría de irritación (categoría 2) utilizando los resultados de los ensayos con animales.
3.2.2.1.2.3. La reversibilidad de las lesiones cutáneas es otro elemento que se tiene en cuenta a la hora de evaluar las respuestas irritantes. Una sustancia se considerará irritante cuando persista la inflamación al final del período de observación en dos o más animales de ensayo, teniendo en cuenta la presencia de alopecia (zona limitada), hiperqueratosis, hiperplasia y escamación.
3.2.2.1.2.4. Las respuestas de los animales sometidos a ensayo pueden ser variables en relación tanto a la irritación como a la corrosión cutáneas. Otro criterio de irritación distinto es el que tiene en cuenta determinados casos en los que se observa una respuesta irritante significativa, pero menor que el valor medio del recuento establecido como criterio para considerar un ensayo positivo. Por ejemplo, un material de ensayo puede considerarse irritante si al menos uno de los tres animales sometidos a ensayo muestra un valor medio de los recuentos muy elevado en todo el ensayo, incluidas lesiones persistentes al término del período de observación, que es normalmente de 14 días. Otras respuestas pueden asimismo cumplir este criterio. Sin embargo, debe determinarse que las respuestas son el resultado de la exposición química.
Tabla 3.2.2
Categoría de irritación cutánea ()
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Categoría |
Criterios |
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Irritación (categoría 2) |
1) Valor medio ≥ 2,3 y < 4,0 para eritemas o escaras o para edemas en al menos 2 de los 3 animales sometidos a ensayo, en observaciones realizadas a las 24, 48 y 72 horas después de quitar el parche o, si las reacciones son retardadas, en observaciones realizadas durante tres días consecutivos a partir del comienzo de las reacciones cutáneas o 2) Inflamación que persiste al final del período normal de observación de 14 días en al menos dos animales, habida cuenta en particular de la aparición de alopecia (zona limitada), hiperqueratosis, hiperplasia y escamación o 3) En algunos casos, cuando haya mucha variabilidad en la respuesta de los animales, si se observan efectos positivos muy definidos relacionados con la exposición química en un solo animal, pero menores que en los apartados anteriores |
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(1)
Los criterios de graduación se entienden tal como se describen en el Reglamento (CE) no 440/2008. |
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3.2.2.1.2.5. El uso de datos procedentes de seres humanos se analiza en las secciones 3.2.1.2 y 3.2.2.2, así como en las secciones 1.1.1.3, 1.1.1.4 y 1.1.1.5.
3.2.2.2. Clasificación en un procedimiento por etapas
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3.2.2.2.1. |
Cuando pueda aplicarse, se considerará utilizar un procedimiento por etapas para evaluar la información inicial, reconociendo que no todos los elementos pueden ser relevantes. |
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3.2.2.2.2. |
Los datos que se tengan sobre seres humanos y animales, incluida la información obtenida de exposiciones únicas o repetidas, constituirán la primera línea de evaluación, ya que dan información que guarda relación directa con los efectos cutáneos. |
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3.2.2.2.3. |
Podrán utilizarse para la clasificación los datos de toxicidad cutánea aguda. Si una sustancia es muy tóxica por vía cutánea, el estudio de corrosión o irritación cutáneas no es practicable, ya que la cantidad de sustancia que habría que aplicar superaría considerablemente la dosis tóxica y, por consiguiente, originaría la muerte de los animales sometidos a ensayo. Cuando se examinen la irritación o corrosión cutáneas en estudios de toxicidad aguda y se observen efectos hasta la dosis límite, estos datos podrán utilizarse para la clasificación, siempre que los diluyentes usados y los animales de experimentación sean equivalentes. Las sustancias sólidas (polvos) pueden volverse corrosivas o irritantes cuando se humedecen o entran en contacto con la piel húmeda o con las mucosas. |
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3.2.2.2.4. |
Para las decisiones de clasificación deberán emplearse métodos alternativos in vitro que hayan sido validados y aceptados. |
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3.2.2.2.5. |
De igual modo, pH extremos como ≤ 2 y ≥ 11,5 pueden indicar el potencial de causar efectos cutáneos, especialmente cuando van acompañados de una reserva ácida/alcalina (capacidad de tamponamiento) significativa. Por lo general, se espera que estas sustancias produzcan efectos cutáneos significativos. En ausencia de otra información, se considera que una sustancia es corrosiva cutánea (corrosión cutánea de categoría 1) si tiene un pH ≤ 2 o un pH > 11,5. No obstante, si del examen de la reserva ácida/alcalina se desprende que la sustancia pudiera no ser corrosiva a pesar del alto o del bajo valor del pH, tal extremo tendrá que confirmarse con otros datos, preferiblemente obtenidos en un ensayo in vitro debidamente validado. |
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3.2.2.2.6. |
En algunos casos se podrá disponer de suficiente información sobre sustancias estructuralmente relacionadas para poder tomar decisiones sobre la clasificación. |
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3.2.2.2.7. |
El procedimiento por etapas facilita orientación sobre la forma de organizar la información disponible acerca de una sustancia y de tomar una decisión según el peso de las pruebas con respecto a la evaluación y la clasificación del peligro. Aunque podría obtenerse información con la evaluación de parámetros únicos dentro de una etapa (véase la sección 3.2.2.2.1), deberá tenerse en cuenta la totalidad de la información existente y la posibilidad de efectuar una determinación global según el peso de las pruebas. Esto es especialmente cierto cuando la información disponible sobre algunos parámetros es contradictoria. |
3.2.3. Criterios para la clasificación de las mezclas
3.2.3.1. Clasificación de las mezclas cuando se dispone de datos sobre la mezcla como tal
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3.2.3.1.1. |
La mezcla deberá clasificarse utilizando los mismos criterios que se aplican a las sustancias, teniendo en cuenta el procedimiento por etapas al evaluar los datos para esta clase de peligro. |
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3.2.3.1.2. |
A la hora de plantearse el ensayo de una mezcla, se aconseja a los encargados de la clasificación que sigan un procedimiento por etapas basado en el peso de las pruebas, como el seguido en los criterios para clasificar las sustancias por su potencial de corrosión e irritación cutáneas (véanse las secciones 3.2.1.2 y 3.2.2.2), con el fin de asegurar una clasificación precisa y de evitar ensayos innecesarios con animales. En ausencia de otra información, se considera que una mezcla es corrosiva cutánea (corrosión cutánea de categoría 1) si tiene un pH ≤ 2 o un pH > 11,5. No obstante, si del examen de la reserva ácida/alcalina se desprende que la mezcla pudiera no ser corrosiva a pesar del alto o del bajo valor del pH, tal extremo tendrá que confirmarse con otros datos, preferiblemente obtenidos en un ensayo in vitro debidamente validado. |
3.2.3.2. Clasificación de las mezclas cuando no se dispone de datos sobre la mezcla como tal: principios de extrapolación
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3.2.3.2.1. |
Cuando no se hayan realizado ensayos sobre la propia mezcla para determinar su potencial de corrosión o irritación, pero se disponga de datos suficientes sobre sus componentes individuales y sobre mezclas similares sometidas a ensayo para caracterizar adecuadamente sus peligros, se usarán esos datos de conformidad con los principios de extrapolación expuestos en la sección 1.1.3. |
3.2.3.3. Clasificación de las mezclas cuando se dispone de datos sobre todos los componentes o solo sobre algunos
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3.2.3.3.1. |
Con el fin de aprovechar todos los datos disponibles para la clasificación de una mezcla por su peligro de irritación o corrosión cutáneas, se ha formulado la siguiente hipótesis, que se aplica, cuando procede, en el procedimiento por etapas: Los «componentes relevantes» de una mezcla son los que están presentes en concentraciones ≥ 1 % (p/p, para sólidos, líquidos, polvos, nieblas y vapores y v/v para gases), a menos que haya motivos para suponer (por ejemplo, en el caso de componentes corrosivos cutáneos) que un componente presente en una concentración < 1 % es, sin embargo, relevante para clasificar la mezcla por su corrosión o irritación cutáneas. |
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3.2.3.3.2. |
Por lo general, el procedimiento para clasificar las mezclas como corrosivas o irritantes cutáneas, cuando se dispone de datos sobre los componentes pero no sobre la mezcla en su conjunto, se basa en la teoría de la adición, de manera que cada componente corrosivo cutáneo o irritante cutáneo contribuye a las propiedades totales de irritación cutánea o corrosión cutánea de la mezcla en proporción a su potencia y concentración. Se usa un factor de ponderación de 10 para los componentes corrosivos cutáneos cuando están presentes en una concentración por debajo del límite de concentración genérico para la clasificación en la categoría 1, pero, a esa concentración, contribuyen a la clasificación de la mezcla como irritante cutánea. La mezcla se clasificará como corrosiva cutánea o irritante cutánea cuando la suma de las concentraciones de tales componentes exceda un límite de concentración. |
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3.2.3.3.3. |
La tabla 3.2.3 muestra los límites de concentración genéricos que se usarán para determinar si la mezcla se considera corrosiva o irritante cutánea. |
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3.2.3.3.4.1. |
Se prestará especial atención al clasificar ciertos tipos de mezclas que contengan sustancias como ácidos y bases, sales inorgánicas, aldehídos, fenoles y tensioactivos. El procedimiento descrito en 3.2.3.3.1 y 3.2.3.3.2 puede no ser aplicable, ya que muchas de estas sustancias son corrosivas cutáneas o irritantes cutáneas en concentraciones < 1 %. |
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3.2.3.3.4.2. |
Para mezclas que contengan ácidos o bases fuertes, deberá usarse el pH como criterio de clasificación (véase la sección 3.2.3.1.2), ya que es un mejor indicador de la corrosión cutánea que los límites de concentración de la tabla 3.2.3. |
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3.2.3.3.4.3. |
Una mezcla que contenga componentes corrosivos o irritantes cutáneos y no pueda clasificarse mediante la regla de adición (tabla 3.2.3), porque sus características químicas lo impidan, deberá clasificarse como corrosiva cutánea de categoría 1 si contiene ≥ 1 % de un componente clasificado como corrosivo cutáneo, o como irritante cutánea (categoría 2) si contiene ≥ 3 % de un componente irritante cutáneo. La clasificación de las mezclas con componentes a los que no se aplica el procedimiento de la tabla 3.2.3 se resume en la tabla 3.2.4. |
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3.2.3.3.5. |
A veces, datos fidedignos pueden mostrar que el peligro de corrosión o irritación cutáneas de un componente no será evidente cuando este esté presente en un nivel igual o superior a los límites de concentración genéricos indicados en las tablas 3.2.3 y 3.2.4 de la sección 3.2.3.3.6. En estos casos, la mezcla se clasificará con arreglo a dichos datos (véanse también los artículos 10 y 11). Otras veces, cuando se prevea que el peligro de corrosión o irritación cutáneas de un componente no será evidente cuando este esté presente en un nivel igual o superior a los límites de concentración genéricos mencionados en las tablas 3.2.3 y 3.2.4, se considerará la necesidad de someter la mezcla a ensayo. En esos casos, deberá aplicarse el procedimiento por etapas basado en el peso de las pruebas descrito en la sección 3.2.2.2. |
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3.2.3.3.6. |
Si hay datos que indican que uno o varios componentes son corrosivos o irritantes cutáneos en una concentración < 1 % (para los corrosivos cutáneos) o < 3 % (para los irritantes cutáneos), la mezcla deberá clasificarse en consecuencia.
Tabla 3.2.3 Límites de concentración genéricos de los componentes clasificados como corrosivos cutáneos (categorías 1, 1A, 1B o 1C) o irritantes cutáneos (categoría 2) que hacen que la mezcla se clasifique como corrosiva cutánea o irritante cutánea cuando se aplica la regla de adición
Nota: La suma de todos los componentes de una mezcla clasificados como corrosivos cutáneos subcategorías 1A, 1B o 1C, respectivamente, deberá ser ≥ 5 % en cada caso para poder clasificar la mezcla como corrosiva cutánea subcategoría 1A, 1B o 1C. Si la suma de los componentes clasificados como corrosivos cutáneos subcategoría 1A es < 5 % pero la suma de los componentes clasificados como corrosivos cutáneos subcategorías 1A + 1B es ≥ 5 %, la mezcla deberá clasificarse como corrosiva cutánea subcategoría 1B. De igual modo, si la suma de los componentes clasificados como corrosivos cutáneos subcategorías 1A + 1B es < 5 % pero la suma de los componentes clasificados como corrosivos cutáneos subcategorías 1A + 1B + 1C es ≥ 5 %, la mezcla deberá clasificarse como corrosiva cutánea subcategoría 1C. Cuando al menos uno de los componentes relevantes de una mezcla esté clasificado en la categoría 1 sin otra subclasificación, la mezcla deberá clasificarse en la categoría 1 sin otra subclasificación si la suma de todos los componentes corrosivos cutáneos es ≥ 5 %.
Tabla 3.2.4 Límites de concentración genéricos de los componentes que hacen que la mezcla se clasifique como corrosiva cutánea o irritante cutánea cuando no se aplica la regla de adición
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3.2.4.
Comunicación del peligro
3.2.4.1.
En la etiqueta de las sustancias o las mezclas que cumplan los criterios de clasificación en esta clase de peligro figurarán los elementos presentados en la tabla 3.2.5.
Tabla 3.2.5
Elementos que deben figurar en las etiquetas con respecto a la corrosión o la irritación cutáneas
Clasificación
Subcategorías 1A/1B/1C y categoría 1
Categoría 2
Pictogramas del SGA
Palabra de advertencia
Peligro
Atención
Indicación de peligro
H314: Provoca quemaduras graves en la piel y lesiones oculares graves
H315: Provoca irritación cutánea
Consejos de prudencia — Prevención
P260
P264
P280
P264
P280
Consejos de prudencia — Respuesta
P301 + P330 + P331
P303 + P361 + P353
P363
P304 + P340
P310
P321
P305 + P351 + P338
P302 + P352
P321
P332 + P313
P362 + P364
Consejos de prudencia — Almacenamiento
P405
Consejos de prudencia — Eliminación
P501
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3.2.4.1. |
En la etiqueta de las sustancias o las mezclas que cumplan los criterios de clasificación en esta clase de peligro figurarán los elementos presentados en la tabla 3.2.5.
Tabla 3.2.5 Elementos que deben figurar en las etiquetas con respecto a la corrosión o la irritación cutáneas
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