CELEX 02008R1272 · v20250901

1.2. Etiquetado

1.2.   Etiquetado

1.2.1.1.

Los pictogramas de peligro tendrán forma de cuadrado apoyado en un vértice.

1.2.1.2.

Los pictogramas de peligro establecidos en el anexo V llevarán un símbolo negro sobre un fondo blanco, con un marco rojo lo suficientemente ancho para ser claramente visible.

1.2.1.3.

Cada pictograma de peligro cubrirá, al menos, un quinceavo de la superficie mínima de la etiqueta dedicada a la información exigida en el artículo 17, y su superficie mínima no será inferior a 1 cm2.

1.2.1.4.

Las dimensiones de la etiqueta y de cada pictograma serán las siguientes:

Tabla 1.3

Dimensiones mínimas de las etiquetas y los pictogramas

Capacidad del envase

Dimensiones de la etiqueta (en milímetros) para la información requerida en el artículo 17

Dimensiones de cada pictograma (en milímetros)

Hasta 3 litros:

Si es posible, al menos 52 × 74

No menor de 10 × 10

Si es posible, al menos 16 × 16

Entre 3 litros y 50 litros:

Al menos 74 × 105

Al menos 23 × 23

Entre 50 litros y 500 litros:

Al menos 105 × 148

Al menos 32 × 32

Superior a 500 litros:

Al menos 148 × 210

Al menos 46 × 46

▼B

Source: Content sourced from EUR-Lex and licensed under CC BY 4.0. This is an unofficial presentation; only the official EUR-Lex version is legally authentic.

Screen documents for chemicals