CELEX 02008R1272 · v20250901

1.1.1. Numeración de las entradas e identificación de una sustancia

1.1.1.1.   Números de índice

Las entradas de la parte 3 figuran por orden del número atómico del elemento más característico de las propiedades de la sustancia. Las sustancias orgánicas, dada su variedad, se han organizado por clases. El número de índice para cada sustancia aparece en forma de una secuencia de cifras del tipo ABC-RST-VW-Y. ABC corresponde al número atómico del elemento o del grupo orgánico más característico de la molécula. RST representa el número consecutivo de la sustancia en las series ABC. VW indica la forma en que la sustancia se produce o se comercializa. Y es el dígito de control calculado de conformidad con el método ISBN de 10 dígitos. Este número se indica en la columna titulada «No de Índice».

1.1.1.2.   Números CE

El número CE, es decir, EINECS, ELINCS o de «ex-polímero (NLP)», es el número oficial de la sustancia en la Unión Europea. El número EINECS puede obtenerse del Inventario europeo de sustancias químicas existentes comercializadas (EINECS ( 21 ), El número ELINCS puede obtenerse de la Lista europea de sustancias químicas notificadas (modificada) (EUR 22543 EN, Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas, 2006, ISSN 1018-5593). El número de «ex-polímero» puede obtenerse de la Lista de «ex-polímeros» (modificada) (Documento, Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas, 1997, ISBN 92-827-8995-0). El número CE es una secuencia de siete cifras del tipo XXX-XXX-X que comienza con 200-001-8 (EINECS), 400-010-9 (ELINCS) y 500-001-0 (número de «ex-polímero»). Este número se indica en la columna titulada «No CE».

1.1.1.3.   Número CAS

También se incluye el número del Chemical Abstracts Service (CAS) para facilitar la identificación de la entrada. Nótese que el número EINECS incluye las formas tanto anhidra como hidratada de una sustancia y que suele haber diferentes números CAS para las dos formas. El número CAS incluido es solamente para la forma anhidra, de modo que el número CAS mostrado no describe la sustancia con la misma precisión que el número EINECS. Este número se indica en la columna titulada «No CAS».

1.1.1.4.    ►M18  Nombre químico ◄

Siempre que sea posible, las sustancias peligrosas se designan por sus nombres IUPAC. Las sustancias mencionadas en EINECS, ELINCS o en la lista de «ex-polímeros (NLP)» se designan por los nombres recogidos en dichas listas. En algunos casos se incluyen otros nombres, tales como los nombres usuales o comunes. Cuando sea posible, los productos fitosanitarios y los biocidas se designan por sus nombres ISO.

Normalmente no se mencionan las impurezas, los aditivos ni los componentes minoritarios, salvo que contribuyan significativamente a la clasificación de la sustancia.

Algunas sustancias se describen con un porcentaje específico de pureza. Las sustancias cuyo contenido de material activo es mayor que dicho porcentaje (por ejemplo, un peroxido orgánico) no se incluyen en la entrada de la parte 3, y como pueden presentar otras propiedades peligrosas (por ejemplo ser explosivas); deben clasificarse y etiquetarse de acuerdo con ello.

Cuando hay limites de concentración específicos, éstos se aplican a la sustancia o sustancias que figuran en la entrada. En particular, en el caso de entradas que son mezclas de sustancias o bien sustancias descritas con un porcentaje específico de pureza, los límites se aplican a la sustancia tal y como se describe en la parte 3, y no a la sustancia pura.

Sin perjuicio del artículo 17, apartado 2, en el caso de sustancias que aparecen en la parte 3, el nombre de la sustancia que figure en la etiqueta debe ser uno de los designados en dicha parte. Para algunas sustancias, se ha añadido información entre paréntesis para facilitar su identificación. No es obligatorio incluir esta información adicional en la etiqueta.

Algunas entradas contienen una referencia a impurezas; en estos casos, el nombre de la sustancia va seguido del texto: «(contiene ≥ xx % de impureza)». Aquí, la referencia entre paréntesis forma parte del nombre y debe incluirse en la etiqueta.

1.1.1.5.   Entradas para grupos de sustancias

Algunas entradas de la parte 3 hacen referencia a grupos de sustancias. En estos casos, los requisitos de clasificación y etiquetado se aplicarán a todas las sustancias cubiertas por la descripción.

En algunos casos, hay requisitos de clasificación y etiquetado para sustancias específicas cubiertas por una entrada colectiva. En tales casos, en la parte 3 se incluirá una entrada específica para la sustancia excepcional, y la entrada colectiva llevará la anotación «excepto para aquéllas especificadas en otro lugar de este anexo».

En algunos casos, una sustancia individual puede estar cubierta por más de una entrada colectiva. En tales casos, la clasificación de la sustancia refleja la clasificación de las dos entradas colectivas. Si se dan diferentes clasificaciones para el mismo peligro, se aplicará la clasificación de peligro más grave.

Las entradas de la parte 3, para sales (bajo cualquier denominación) cubren las formas anhidras y las hidratadas, a menos que se diga lo contrario.

Los números CE o CAS no suelen incluirse en las entradas con más de cuatro sustancias individuales.

▼M15

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