2.2. Gases inflamables
2.2. Gases inflamables
2.2.1.1.
Un gas inflamable es un gas o una mezcla de gases que tienen un rango de inflamabilidad con el aire a 20 °C y a una presión de referencia de 101,3 kPa.
2.2.1.2.
Un gas pirofórico es un gas inflamable que puede inflamarse espontáneamente con el aire a una temperatura igual o inferior a 54 °C.
2.2.1.3.
Un gas químicamente inestable es un gas inflamable que puede explotar incluso en ausencia de aire u oxígeno.
Un gas inflamable es un gas o una mezcla de gases que tienen un rango de inflamabilidad con el aire a 20 °C y a una presión de referencia de 101,3 kPa.
Un gas pirofórico es un gas inflamable que puede inflamarse espontáneamente con el aire a una temperatura igual o inferior a 54 °C.
Un gas químicamente inestable es un gas inflamable que puede explotar incluso en ausencia de aire u oxígeno.
2.2.2. Criterios de clasificación
2.2.2.1. Un gas inflamable se clasificará en las categorías 1A, 1B o 2 con arreglo a la tabla 2.2.1. Los gases inflamables que sean pirofóricos y/o químicamente inestables se clasificarán siempre en la categoría 1A.
Tabla 2.2.1
Criterios de clasificación de los gases inflamables
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Categoría |
Criterios |
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1A |
Gas inflamable |
Gases que, a una temperatura de 20 °C y a una presión de referencia de 101,3 kPa: a) son inflamables en mezcla de proporción igual o inferior al 13 %, en volumen, con el aire; o b) tienen un rango de inflamabilidad con el aire de al menos 12 puntos porcentuales, independientemente del límite inferior de inflamabilidad, a menos que los datos demuestren que cumplen los criterios de la categoría 1B. |
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Gas pirofórico |
Gases inflamables que se inflaman espontáneamente en el aire a una temperatura igual o inferior a 54 °C. |
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Gas químicamente inestable |
A |
Gases inflamables que son químicamente inestables a 20 °C y a una presión de referencia de 101,3 kPa. |
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B |
Gases inflamables que son químicamente inestables a una temperatura superior a 20 °C y/o una presión superior a 101,3 kPa. |
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1B |
Gas inflamable |
Gases que cumplen los criterios de inflamabilidad de la categoría 1A, pero que no son pirofóricos ni químicamente inestables, y que tienen al menos: a) un límite inferior de inflamabilidad superior al 6 %, en volumen, en el aire; o b) una velocidad fundamental de combustión inferior a 10 cm/s. |
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2 |
Gas inflamable |
Gases distintos de los de las categorías 1A o 1B que, a 20 °C y una presión de referencia de 101,3 kPa, tienen un rango de inflamabilidad cuando están mezclados con aire. |
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NOTA 1: Los aerosoles no se clasificarán como gases inflamables; véase la sección 2.3.
NOTA 2: En ausencia de datos que permitan la clasificación en la categoría 1B, un gas inflamable que cumpla los criterios de la categoría 1A se clasificará por defecto en la categoría 1A.
NOTA 3: La inflamación espontánea de los gases pirofóricos no siempre es inmediata; puede haber un retardo.
NOTA 4: En ausencia de datos sobre su piroforicidad, una mezcla de gases inflamable deberá clasificarse como gas pirofórico si contiene más del 1 % (en volumen) de componentes pirofóricos.
2.2.3. Comunicación del peligro
En la etiqueta de las sustancias, las mezclas y los objetos que cumplan los criterios de clasificación en esta clase de peligro figurarán los elementos presentados en la tabla 2.2.3.
Tabla 2.2.2
Elementos que deben figurar en las etiquetas de los gases inflamables
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Categoría 1A |
Gases incluidos en la categoría 1A que cumplen los criterios A/B para los gases pirofóricos o químicamente inestables |
Categoría 1B |
Categoría 2 |
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Gas pirofórico |
Gas químicamente inestable |
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Categoría A |
Categoría B |
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Pictograma del SGA |
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Sin pictograma |
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Palabra de advertencia |
Peligro |
Peligro |
Peligro |
Peligro |
Peligro |
Atención |
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Indicación de peligro |
H220: Gas extremadamente inflamable |
H220: Gas extremadamente inflamable H232: Puede inflamarse espontáneamente en contacto con el aire |
H220: Gas extremadamente inflamable H230: Puede explotar incluso en ausencia de aire |
H220: Gas extremadamente inflamable H231: Puede explotar incluso en ausencia de aire a presión y/o temperatura elevadas |
H221: Gas inflamable |
H221: Gas inflamable |
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Consejo de prudencia. Prevención |
P210 |
P210 P222 P280 |
P202 P210 |
P202 P210 |
P210 |
P210 |
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Consejo de prudencia. Respuesta |
P377 P381 |
P377 P381 |
P377 P381 |
P377 P381 |
P377 P381 |
P377 P381 |
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Consejo de prudencia. Almacenamiento |
P403 |
P403 |
P403 |
P403 |
P403 |
P403 |
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Consejo de prudencia. Eliminación |
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En el caso de un gas inflamable o una mezcla de gases inflamable, clasificados como pirofóricos y/o químicamente inestables, todas las clasificaciones pertinentes deberán aparecer en la ficha de datos de seguridad tal y como se especifica en el anexo II del Reglamento (CE) n.o 1907/2006, y los elementos pertinentes de comunicación de peligros deberán figurar en la etiqueta.
El procedimiento de clasificación se expone en el diagrama de decisión siguiente (véase la figura 2.2.1).
Figura 2.2.1
Gases inflamables
(1) En ausencia de datos sobre su piroforicidad, una mezcla de gases inflamable deberá clasificarse como gas pirofórico si contiene más del 1 % (en volumen) de componentes pirofóricos.
▼M19 —————
2.2.4. Otras consideraciones de clasificación
2.2.4.1. La inflamabilidad se determinará mediante ensayos o, en el caso de las mezclas para las que se disponga de suficientes datos, mediante cálculos, de conformidad con los métodos adoptados por la ISO (véase la norma ISO 10156 modificada, «Gases y mezclas de gases. Determinación del potencial de inflamabilidad y de oxidación para la selección de las conexiones de salida de las válvulas de las botellas de gas»), y, si se utiliza la velocidad fundamental de combustión para la categoría 1B, la norma ISO 817 modificada: «Refrigerantes. Designación y clasificación de seguridad. Anexo C: método de ensayo para la medición de la velocidad de combustión de gases inflamables»). En lugar del aparato de ensayo según la norma ISO 10156 modificada, podrá emplearse el aparato de ensayo para el método de tubo conforme a apartado 4.2 de la norma EN 1839 modificada (Determinación de los límites de explosividad de gases y vapores).
2.2.4.2. La piroforicidad deberá determinarse a 54 °C de conformidad con las normas IEC 60079-20-1 ed1.0 (2010-01) «Atmósferas explosivas, Parte 20-1: Características de los materiales para la clasificación de gases y vapores. Métodos y datos de ensayo», o DIN 51794 «Determining the ignition temperature of petroleum products» (Determinación de la temperatura de ignición de productos derivados del petróleo).
2.2.4.3. El procedimiento de clasificación de los gases pirofóricos no tendrá que aplicarse cuando la experiencia en su producción o manejo demuestre que la sustancia no se inflama espontáneamente en contacto con el aire a una temperatura igual o inferior a 54 °C. Las mezclas de gases inflamables que no se hayan sometido a ensayos de piroforicidad y que contengan más del 1 % de componentes pirofóricos deberán clasificarse como gases pirofóricos. Al evaluar la necesidad de clasificar las mezclas de gases inflamables que contienen un 1 % o menos de componentes pirofóricos, deberá tenerse en cuenta la opinión de los expertos acerca de las propiedades y los peligros físicos de los gases pirofóricos y sus mezclas. En ese caso, solo deberá considerarse la realización de ensayos si la opinión de los expertos señala la necesidad de disponer de datos adicionales que apoyen el proceso de clasificación.
►M19 2.2.4.4. ◄ La inestabilidad química se determinará conforme al método descrito en la parte III de las Recomendaciones de las Naciones Unidas, Manual de Pruebas y Criterios. Si los cálculos con arreglo a la norma ISO 10156 modificada muestran que una mezcla de gases no es inflamable, no será necesario realizar los ensayos para determinar la inestabilidad a efectos de clasificación.