2.1.1. Definiciones
2.1.1.1. La clase de explosivos comprende:
Las sustancias y mezclas explosivas;
Los artículos explosivos, excepto los artefactos que contengan sustancias explosivas en cantidad o de naturaleza tales que su inflamación o cebado de modo inadvertido o por accidente no implique ninguna manifestación en el exterior del el artefacto causada por proyección, incendio, desprendimiento de humo o calor o un ruido fuerte; por otra parte
Las sustancias, mezclas y artículos no mencionados en las letras a) y b) fabricados con el fin de producir un efecto práctico explosivo o pirotécnico.
2.1.1.2. A los efectos del presente Reglamento, se aplicarán las siguientes definiciones:
Sustancia o mezcla explosiva es una sustancia sólida o líquida (o mezcla de sustancias) que de manera espontánea, por reacción química, puede desprender gases a una temperatura, presión y velocidad tales que pueden ocasionar daños a su entorno. En esta definición quedan comprendidas las sustancias pirotécnicas, aun cuando no desprendan gases.
Sustancia o mezcla pirotécnica es una sustancia (o mezcla de sustancias) destinada a producir un efecto calorífico, luminoso, sonoro, gaseoso o fumígeno, o una combinación de tales efectos, como consecuencia de reacciones químicas exotérmicas autosostenidas no detonantes.
Explosivo inestable es aquella sustancia o mezcla explosiva que es térmicamente inestable o demasiado sensible para su manipulación, transporte y uso normal.
Artículo explosivo es aquel que contiene una o varias sustancias o mezclas explosivas.
Artículo pirotécnico es aquel que contiene una o varias sustancias o mezclas pirotécnicas.
Explosivo intencional es una sustancia, mezcla o artículo o fabricado con vistas a producir un efecto práctico explosivo o pirotécnico.