CELEX 02008R1272 · v20250901

4.4.4. Comunicación del peligro

4.4.4.1. En la etiqueta de las sustancias o las mezclas que cumplan los criterios de clasificación en esta clase de peligro (propiedades PMT y mPmM) figurarán los elementos presentados en la tabla 4.4.1.

Tabla 4.4.1.

Elementos que deben figurar en las etiquetas para las propiedades PMT y mPmM

 

PMT

mPmM

Símbolo o pictograma

 

 

Palabra de advertencia

Peligro

Peligro

Indicación de peligro

EUH450: Puede ser causa de una contaminación difusa y duradera de los recursos hídricos

EUH451: Puede ser causa de una contaminación difusa y muy duradera de los recursos hídricos

Consejos de prudencia — Prevención

P201

P202

P273

P201

P202

P273

Consejos de prudencia — Respuesta

P391

P391

Consejos de prudencia — Eliminación

P501

P501

4.4.4.2.    Ámbito de aplicación temporal para las sustancias

A más tardar a partir del 1 de mayo de 2025, las sustancias se etiquetarán de conformidad con los criterios establecidos en la sección 4.4.4.1.

No obstante, las sustancias comercializadas antes del 1 de mayo de 2025 no tendrán que clasificarse de conformidad con los criterios establecidos en la sección 4.4.4.1 hasta el 1 de noviembre de 2026.

4.4.4.3.    Ámbito de aplicación temporal para las mezclas

A más tardar a partir del 1 de mayo de 2026, las mezclas se etiquetarán de conformidad con los criterios establecidos en la sección 4.4.4.1.

No obstante, las mezclas comercializadas antes del 1 de mayo de 2026 no tendrán que clasificarse de conformidad con los criterios establecidos en la sección 4.4.4.1 hasta el 1 de mayo de 2028.

▼M2

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